En España LA DONACIÓN Y EL TRASPLANTE está regulado por la LEY, que asegura el ALTRUISMO de la donación y el ACCESO al Trasplante. El órgano donado es trasplantado gratuitamente, sin costo alguno y sin que influya la condición social o económica del paciente que lo recibe.
La Ley Española de trasplante, es la norma jurídica que regula actualmente los trasplantes de órganos. Textualmente dice
"La extracción de órganos u otras piezas anatómicas de fallecidos, podrá realizarse con fines terapéuticos o científicos, en el caso de que éstos no hubieran dejado constancia expresa de su oposición".
A esto se le llama consentimiento presunto, aunque en la práctica no se realiza ninguna extracción si los familiares de la persona que ha fallecido, no lo aprueban. Exige que la donación y el trasplante sean anónimos, de manera que los médicos no pueden decir a los familiares de un donante, a quién se le ha realizado el trasplante;, ni a un enfermo trasplantado, quién fue su donante.
La oficina de Coordinación de Trasplantes suele enviar una nota a los familiares del donante, comunicándoles los resultados de los trasplantes, pero sin decir nombres. Prohíbe terminantemente recibir dinero por la donación de órganos. Ocurre lo mismo en todo el mundo occidental.
Se trata de que todos los españoles puedan recibir un trasplante, sin discriminación de ningún tipo, ya que si no fuera así, los ricos tendrían más oportunidades que los pobres. O sea, exige que tanto la donación de órganos, como el trasplante, sean gratuitos.
La familia de un donante, no paga ni cobra por la donación. En España los enfermos trasplantados tampoco pagan por el trasplante, los gastos producidos en la extracción de órganos de donantes fallecidos, así como los que se produzcan por traslado de cadáver al punto de origen, o a la localidad que señalen los familiares, donde deseen que sean inhumados, corren a cargo de la Seguridad Social.
La Ley de Trasplante exige que la muerte cerebral de una persona que va a ser donante, sea diagnosticada por tres médicos: dos médicos del equipo que atienden al enfermo (UCI) y un neurólogo o neurocirujano. Por disposición legal, deben repetirse las pruebas seis horas mas tarde, antes de entrar a quirófano.
La muerte cerebral se produce de dos maneras:
• Por el cese irreversible de la función cardiorrespiratoria
(corazón - pulmón)
• Por el cese irreversible de la función cerebral (muerte
del cerebro).
La muerte cerebral se produce cuando una persona tiene una lesión cerebral catastrófica que ocasiona el cese total e irreversible de todo el cerebro. Este no recibe sangre ni oxígeno, se muere. En estos casos los órganos pueden funcionar durante un tiempo, si la persona fallecida está conectada a un respirador. Sin embargo, las funciones del corazón y del pulmón cesan, si se desconecta el respirador. La muerte cerebral está aceptada, como una manera de morir desde el punto de vista médico, ético y legal. Los criterios para determinar la muerte cerebral son muy estrictos, médica y legalmente.
Hay personas que pueden permanecer en coma durante muchos años, lo que llamamos coma vegetativo irreversible, nunca recuperarán el conocimiento, pero son capaces de respirar. La persona en muerte cerebral no respira; cuando se le retira el respirador, porque está muerta.
El receptor de una donación es aquel paciente que tenga una mayor afinidad fisiológica con el donante, reduciendo así al máximo, la posibilidad de rechazo. En ningún caso, existen preferencias de carácter social. Cada Hospital trasplantador, tiene una lista de espera de enfermos para trasplantar: renales, hepáticos, cardíacos, etc.
La Organización Nacional de Trasplantes tiene la lista general de todos los Hospitales Trasplantadores, al igual que la mayor parte de las Autonomías, disponen de su correspondiente PROGRAMA DE TRASPLANTE.
Cuando existe un donante en un Hospital, se pregunta a la ONT si hay algún receptor en “Urgencia 0 “(situación crítica, con posibilidad de morir en 48 horas si no es trasplantado). Este paciente tiene prioridad absoluta para ser trasplantado. Si no existe ninguna “ urgencia cero ”, se procede a la selección del receptor dentro de la Comunidad Autónoma en que se produce la donación, siguiendo criterios de compatibilidad entre donante y receptor, situación del enfermo y tiempo en lista de espera.
Si dentro de la Comunidad Autónoma no existiesen ningunos receptores compatibles, la O.N.T. indica en qué hospital hay un receptor adecuado, siguiendo un orden entre los distintos hospitales trasplantadores.
Si no existiese ningún receptor adecuado en España, se conecta con otras Organizaciones Europeas de Trasplantes hasta encontrar un receptor idóneo. Se trata de que nunca se pierda un órgano, porque sabemos que cada órgano, es una vida.
Un corazón o un pulmón, pueden ser conservados como máximo 5 horas, un hígado hasta 18 horas y, los riñones hasta 36 horas.
Como regla general, podemos decir que cuanto antes se trasplante un órgano, una vez extraído, mejores serán los resultados del trasplante.
Agrupación Insuficiencia Renal Crónica
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